Modificación de la Ley de Marcas

marzo 19 2019

El Congreso de los Diputados ha convalidado el Real Decreto-Ley que modifica parcialmente la Ley de Marcas con el objeto de trasponer la directiva europea para armonizar las legislaciones comunitarias y facilitar el registro de marcas.

Se trata de hacer el trámite más sencillo y agilizarlo además de luchar contra las falsificaciones. Así, “el titular de la marca registrada podrá ejercitar los derechos que le confiere la misma contra mercancías procedentes de terceros países que, aunque no se hayan comercializado, lleven un signo idéntico a la marca registrada.”

Con el nuevo Real Decreto se elimina el concepto de marca notoria y tan solo se recoge una categoría: marca o nombre comercial renombrado.

 

Se entiende por “marca de renombre” aquella que sea conocida por una parte significativa del público interesado en los productos o servicios.

 

Otra novedad de la norma es la supresión del requisito que obligaba a que el signo distintivo tuviera que representarse gráficamente.

 

Los usuarios del sistema, pymes y empresarios tendrán menos cargas administrativas y trámites para obtener el registro de su marca al iniciar su actividad económica.

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