El transporte escolar debe tener certificación negativa de delincuencia sexual

septiembre 15 2017

Todos los profesionales que en el desarrollo de su actividad trabajen con niños y adolescentes tienen  que acreditar legalmente que no han sido condenados por delito sexual contra menores.

Es el caso de muchos oficios, como los médicos pediatras o los trabajadores de transporte escolar.

Será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.  Así lo indica la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, en el apartado 5 del artículo 13, introducido por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de Protección a la infancia y a la adolescencia.

Todos los empleados conductores y monitores de Grupo Chapín cuentan con la certificación negativa de delincuencia sexual.

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